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1. ¿A partir de
qué fecha se pueden presentar las ofertas para la construcción
de viviendas con Boden 2012?
2. ¿Dónde se deben
presentar las ofertas?
3. ¿Qué destino
le puedo dar a la casa que construya con el rescate
de Boden 2012?
4. ¿Qué requisitos
edilicios y de construcción se exigen para los proyectos
a ser presentados?
5. ¿Se puede utilizar
cualquiera de los BODEN emitidos por el Gobierno Nacional?
6. ¿Es necesario
poseer los BODEN 2012, como consecuencia de haber convertido
mis depósitos o se pueden comprar BODEN 2012 en el mercado?
7. ¿Cuándo tengo
que presentar los BODEN 2012 involucrados en la operatoria?
8. ¿Cuántos BODEN
2012 debo presentar para llevar adelante mi proyecto?
9. ¿Cómo es el proceso
de licitación de las ofertas?
10. ¿Cuáles son
los criterios de selección de proyectos en la licitación?
11. ¿Cómo se efectiviza
el rescate anticipado de los Boden 2012 afectados al
proyecto?
12. ¿El posible
aumento del costo de la construcción durante el periodo
de ejecución de la obra, qué problemas me puede traer?
13. ¿De acuerdo
al punto anterior, podría llegar a requerirse algún
otro aporte adicional?
14. ¿Qué documentación
debe reunirse para presentar una oferta?
15. ¿Qué costos
debo pagar a la Entidad Financiera por su participación?
16. ¿Cuáles son
los fiduciarios autorizados para operar en la presentación
de proyectos habitacionales?
1.
¿A partir de qué fecha se pueden presentar las ofertas
para la construcción de viviendas con Boden 2012?
La Secretaría de Finanzas estableció por
comunicado de prensa que, tanto para la construcción
de viviendas individuales como para la construcción
de emprendimientos habitacionales, el periodo de presentación
de ofertas será desde el 21 de abril hasta el 9 de mayo
del 2003, y la selección de ofertas se llevará a cabo
el 15 de mayo del 2003.

2.
¿Dónde se deben presentar las ofertas?
Proyectos Individuales:
La presentación de ofertas ante el Ministerio de Economía
y Producción deberá realizarse a través de una
Entidad Financiera a ser seleccionada por el interesado.
El interesado podrá optar libremente entre cualquiera
de las Entidades Financieras.
Los interesados podrán ser tenedores originarios de
Boden 2012 o bien adquirirlos en el mercado.
Emprendimientos Habitacionales:
La presentación de ofertas ante el
Ministerio de Economía y Producción deberá
realizarse a través de Fiduciarios autorizados por la
Comisión Nacional de Valores (incluye todas las entidades
financieras) para la administración de fideicomisos
financieros, o las entidades empresariales del sector
de la vivienda y construcción.
En ambos casos, deberán estas entidades inscribir las
ofertas en el Registro de Ofertas habilitado a tal fin
ante el "Consejo a cargo del Registro de Proyectos
para la Construcción de Viviendas Bonos Decreto 905/02",
que funcionará en el ámbito de la Secretaria de Finanzas
del Ministerio de Economía y Producción.

3.
¿Qué destino le puedo dar a la casa que construya con
el rescate de Boden 2012?
El rescate será aplicado a la construcción
de inmuebles nuevos o la terminación de inmuebles en
construcción - siempre que sean destinados a vivienda
- y que la etapa construida no supere el 30 % del total
del proyecto.
Se entiende por proyectos individuales a los que se
refieren a una sola vivienda, y emprendimientos habitacionales
al resto.
Los inmuebles podrán tener como finalidad el uso propio,
la venta , renta o explotación.
Los fondos provenientes del rescate de Boden 2012 no
podrán ser utilizados para la adquisición del terreno.

4.
¿Qué requisitos edilicios y de construcción se exigen
para los proyectos a ser presentados?
Como limitante se ha establecido:
a- Los proyectos deben cumplir con las exigencias mínimas
fijadas por el Fondo Nacional de la Vivienda en cada
provincia y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
las normas propias impuestas por los respectivos municipios.
b- El plazo de construcción mínima será de 9 meses para
proyectos individuales y de 12 meses como mínimo para
emprendimientos habitacionales.
> Instructivo
del Consejo

5.
¿Se puede utilizar cualquiera de los BODEN emitidos
por el Gobierno Nacional?
No. Solamente se pueden utilizar los BODEN
2012 (Bonos del Gobierno Nacional en Dólares Estadounidenses
LIBOR 2012).

6.
¿Es necesario poseer los BODEN 2012, como consecuencia
de haber convertido mis depósitos o se pueden comprar
BODEN 2012 en el mercado?
Los BODEN 2012 pueden ser propios desde
su emisión o adquirirlos en el mercado.

7.
¿Cuándo tengo que presentar los BODEN 2012 involucrados
en la operatoria?
A los efectos de la presentación de la
oferta, el interesado deberá constituir un depósito
de garantía equivalente a un porcentaje de los títulos
cuyo rescate anticipado se solicita, que permanecerá
en custodia en la Entidad Financiera que ha seleccionado.
Una vez que su oferta fue seleccionada, usted contará
con un plazo adicional para integrar la totalidad de
los Boden 2012 que ha decidido rescatar anticipadamente.
Para los casos de construcción de
viviendas individuales, el porcentaje del Depósito
de Garantía asciende al 5 % del total de Boden 2012
a rescatar, contando con 15 días corridos, a partir
de la fecha de la comunicación fehaciente de la selección
de su oferta, para integrar el 95 % restante. Una vez
cumplimentado el total de los bonos ofertados, se procederá
a conformar una prenda a favor de la Secretaría de Hacienda,
la que será liberada proporcionalmente al avance de
obra realizado.
Para los casos de construcción de emprendimientos
habitacionales, el Depósito de Garantía asciende
al 10 % del total de Boden 2012 a rescatar, contando
con 120 días corridos, a partir de la fecha de la comunicación
fehaciente de la selección de su oferta, para integrar
el 90 % restante. A partir de la efectiva comunicación
de la adjudicación de la oferta, se contará con 3 días
corridos para constituir una prenda a favor de la Secretaria
de Hacienda por el total del depósito de garantía constituido.
Respecto a la integración del resto de los bonos ofertas
(90%) se realizará dentro de un plazo de 120 días corridos.
La constitución del Depósito de Garantía representa
un compromiso de seriedad de la propuesta efectuada,
y será reintegrada por la Entidad Financiera en su totalidad
si la oferta no resultara seleccionada.
Para aquellos casos en que la oferta fuera adjudicada
y no se hubiere integrado la totalidad de Boden 2012,
dentro de los plazos fijados, el Depósito de Garantía
no será restituido y la oferta adjudicada será dada
de baja.

8.
¿Cuántos BODEN 2012 debo presentar para llevar adelante
mi proyecto?
Para el calculo de los Boden 2012 a presentar
en la oferta deberán tenerse en cuenta los siguientes
parámetros, a saber:
Se podrá rescatar de cada proyecto hasta un máximo de:
a) El 100 % del costo de construcción de la superficie
propia y nueva, entendiendo como tal aquella correspondiente
a la vivienda propiamente dicha, más - si correspondiere
- una cochera y una baulera por unidad funcional para
el caso de los emprendimientos habitacionales y para
los proyectos individuales se considerará a tal efecto
los metros cuadrados cubiertos y semi-cubiertos.
b) El 25 % del total de la oferta realizada en títulos,
para atender la construcción de superficies no definidas
como propias, tales como infraestructura, superficies
comunes y otras en los emprendimientos habitacionales;
y en proyectos individuales metros cuadrados descubiertos
y otros.
c) El 3 % del total de la oferta realizada en títulos,
para atender los costos indirectos del proyecto, tales
como proyecto y dirección de obra, habilitaciones municipales
y comisión bancaria.
> Ver
ejemplos en el Instructivo del Consejo.

9.
¿Cómo es el proceso de licitación de las ofertas?
La Secretaría de Finanzas, una vez cumplido
el plazo de inscripción en el "Registro de Ofertas"
y sobre la base de un informe preparado por dicho Consejo,
procederá a establecer el orden de las ofertas seleccionadas
para las viviendas individuales por un lado y para los
emprendimientos habitacionales por el otro.
Las ofertas seleccionadas pasarán a formar parte del
Registro de Proyectos y la Secretaría de Finanzas notificará
a las Entidades Bancarias / Fiduciarios el resultado
de ambas licitaciones.

10.
¿Cuáles son los criterios de selección de proyectos
en la licitación?
El criterio de selección de proyectos,
tanto para proyectos individuales como emprendimientos
habitacionales, se verificará a través de un ordenamiento
de las ofertas conforme al cociente que surja de dividir
la cantidad de metros cuadrados propios y nuevos que
se construirán sobre el total del rescate anticipado
que surja de la oferta presentada. Se otorgará prioridad
a las ofertas cuyo cociente resulte mayor, o sea aquellas
ofertas que presenten una superficie propia a construir
mayor por cada peso de Boden 2012 a ser rescatado anticipadamente
hasta agotar el monto asignado en la licitación.

11.
¿Cómo se efectiviza el rescate anticipado de los Boden
2012 afectados al proyecto?
Se entiende por rescate anticipado al proceso
de hacer efectivo y en Pesos los Boden 2012 afectados
al proyecto. Las Entidades Financieras, deberán solicitar
los fondos para atender la cancelación de los certificados
de obra presentados. El Estado instruirá al Banco Central
de la República Argentina para que deposite los fondos
solicitados en las cuentas de las respectivas Entidades
Financieras. Estas Entidades Financieras, después de
analizar y aprobar los certificados de obra, procederán
a desembolsar los mismos a los titulares de proyectos
individuales o fideicomisos. En caso contrario, o sea
cuando esos certificados de obra presenten alguna observación
parcial o total, deberán devolver al BCRA el monto que
corresponda.

12.
¿El posible aumento del costo de la construcción durante
el periodo de ejecución de la obra, qué problemas me
puede traer?
Iniciada la construcción, los costos de
los materiales, salarios, y demás insumos, pueden registrar
aumentos de distinta magnitud, que se reflejarán en
cada certificado de obra. Estos aumentos podrán ser
cubiertos total o parcialmente por el incremento del
valor actualizado nominal del Boden 2012 a través del
tiempo. Este incremento del valor del Boden 2012, estará
en función del aumento general de precios en la economía,
reflejado en el Coeficiente de Estabilización de Referencia
(CER).
Si el aumento del CER supera el incremento del costo
de construcción de su proyecto, usted no tendrá ningún
desfasaje financiero respecto a lo previsto originalmente.
En caso contrario, usted. deberá prever la necesidad
de un aportes adicionales para la finalización de la
obra.

13.
¿De acuerdo al punto anterior, podría llegar a requerirse
algún otro aporte adicional?
Hay dos situaciones adicionales en la que
se deberá prever la necesidad de fondeo adicional:
La primera de ellas se produce ante la necesidad de
cubrir la diferencia temporal entre los pagos que efectivamente
sean necesarios hacer para atender los gastos de avance
de obra y el momento del efectivo rescate correspondiente
a ese certificado de obra.
La otra situación que podría presentarse, se origina
en el caso que el avance en la ejecución de la obra
sea más rápido que el avance presentado en el proyecto.
Cuando se presente el caso contrario, o sea cuando el
monto del certificado de obra presentado significara
un porcentaje de avance de obra acumulado inferior al
porcentaje de obra acumulado previsto en el proyecto
originalmente seleccionado, se generará una diferencia
que podrá ser utilizada en certificados posteriores.
Si a la finalización de la ejecución de la obra existiera
un remanente de Boden 2012 no rescatados, los mismos
serán devueltos a sus respectivos titulares.

14.
¿Qué documentación debe reunirse para presentar una
oferta?
Debe tenerse en cuenta que en esta operatoria
no se está gestionando un crédito sino que se
está gestionando el mecanismo de rescate anticipado
de Boden 2012. Por lo tanto, la Entidad Financiera actuante
no requerirá información relacionada a antecedentes
crediticios, sino que le solicitará información para
verificar la titularidad del terreno donde se ha llevar
adelante el proyecto y que todos los aspectos relacionados
a la construcción propiamente dicha se encuadran dentro
del marco de requerimientos legales y constructivos
de cada zona.
>
(ver Instructivo del Consejo -Documentación requerida-)

15.
¿Qué costos debo pagar a la Entidad Financiera por su
participación?
El costo que cada Entidad Financiera proponga
a cada uno de sus clientes no está fijado ni regulado
por el Estado. Cada Entidad Financiera fijará las comisiones
que estime conveniente pudiendo Ud. seleccionar aquella
que mejor satisfaga sus expectativas de costo, oportunidad
y calidad de servicio.

16.
¿Cuáles son los fiduciarios autorizados para operar
en la presentación de proyectos habitacionales?
La presentación de ofertas ante el Ministerio
de Economía y Producción deberá realizarse
a través de Fiduciarios autorizados por la Comisión
Nacional de Valores (incluye todas las entidades financieras),
o las entidades empresariales del sector de la vivienda
y construcción.

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