Introducción y Normativa
Ley
Nº 25.471 - promulgada el 4 de octubre de 2002- reconoce
por parte del Gobierno Nacional, una indemnización económica
a favor de los ex empleados de YPF S.A. en relación de dependencia
al 1º de enero de 1991, que no hayan podido acogerse al Programa
de Propiedad Participada o que, incorporados, hubiesen sido
excluidos. Dicha Ley fue reglamentada por el Decreto
Nº 1077 del 5 de mayo de 2003. Por este Decreto se determinan
distintos procedimientos para que los beneficiarios puedan
acceder a la indemnización, distinguiendo la situación de
quienes hayan interpuesto o no reclamos judiciales.
Con fecha 1º de diciembre de 2003 se publicó
en el BOLETIN OFICIAL, la Resolución Conjunta JGM
Nº 120 - MEyP
Nº 509 del 20 de noviembre de 2003, de las Autoridades
de Aplicación -JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION- que: aprueba la liquidación practicada
por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA de los montos indemnizatorios
individuales de todos los
beneficiarios; establece los Títulos Públicos (en Pesos) que
se entregarán a opción del acreedor, para la cancelación del
beneficio de Ley y aprueba los formularios de requerimiento
de pago global e individual. Las características de dichos
Títulos son:
a) BONOS DE CONSOLIDACION EN
MONEDA NACIONAL CUARTA SERIE (denominación en publicaciones
financieras: "BOCON PROVEEDORES 4" o "PRO 7"): Fecha de
emisión 01/01/2000; Plazo original 16 años; Amortización del
bono en 120 cuotas mensuales: 119 de 0,84% y última de 0,04%;
Primer servicio: 01/02/2006; Pago de intereses: se capitalizan
mensualmente durante los primeros 72 meses; Primer servicio:
01/02/2006; Tasa de interés Caja de Ahorro Común Mensual y
Vencimiento 1º de enero de 2017.
b) BONOS DE CONSOLIDACION EN MONEDA
NACIONAL CUARTA SERIE 2 % (denominación en publicaciones financieras:
"BOCON PROVEEDORES" o "PR 12"): Fecha de emisión 03/02/2002;
Plazo original 13,9 años; Amortización del bono en 120 cuotas
mensuales equivalentes las 119 primeras al 0,84% y última
de 0,04%, más capitalización de intereses; Pago de intereses:
se capitalizan mensualmente hasta el 3/1/2006 y se ajustan
por CER; Primer servicio: 03/02/2006; Tasa de interés 2% anual
y Vencimiento 3 de enero de 2016.
Con respecto a la liquidación de
los montos indemnizatorios individuales, la misma se realizó
sobre la base de: 1.- la fórmula polinómica dispuesta por
la Ley Nº 23.696 para determinar la participación de cada
beneficiario (que contempla las variables antigüedad, salario,
categoría y cargas de familia); 2.- los datos personales y
laborales básicos proporcionados por YPF S.A. y 3.- las pautas
de cálculo y valorización contenidas en Anexo I del Decreto
Nº 1077/2003.
Con fecha 28 de junio de 2004 se publicó
en el Boletín Oficial, el Decreto
Nº 821 del 23 de junio de 2004, que reconoce la liquidación
aprobada y los Bonos establecidos para la cancelación del
beneficio, en la Resolución Conjunta mencionada.
Con relación al trámite de puesta a disposición
y pago de esta Indemnización Económica establecida por la
Ley Nº 25471, determina:
- Que los beneficiarios de esta
Indemnización Económica, deberán seguir el Procedimiento Administrativo
Abreviado por ante el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, hayan
o no iniciado acciones judiciales.
- Que aquellos beneficiarios que
hayan obtenido Sentencia Judicial firme, sólo podrán presentarse
a cobrar la diferencia en más que les pudiera corresponder,
conforme la liquidación aprobada por la Resolución Conjunta
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 120 y del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 509, del 20 de noviembre de 2003.
Este trámite deberá iniciarse a través de la MESA DE ENTRADAS
y NOTIFICACIONES del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Ante cualquier duda, dirigirse al teléfono 4349 - 8264 de
14 a 18 horas.
- En todos los casos, el acogimiento
a esta indemnización o la continuación de los procedimientos
administrativos ya iniciados, implicarán el desistimiento
al derecho y a toda acción judicial iniciada o futura y la
renuncia a la acción y al derecho de cualquier acción judicial
o administrativa relacionada con el Programa de Propiedad
Participada de YPF S.A.
Este Decreto está reglamentado por la
Resolución
MEP Nº 462 del 14 de julio de 2004 (publicada en el Boletín
Oficial del 15 de julio de 2004).
A través de la misma, se define el procedimiento a seguir
por los beneficiarios para iniciar el trámite de acogimiento
a la Indemnización Económica que dispone la Ley Nº 25.471.
|