DISPOSICIÓN N° 5/97 de la Subsecretaría de Financiamiento


BUENOS AIRES, 25 MAR 1997

VISTO, el Expediente Nº 090-000052/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Decreto Nº 340 del 1º de abril de 1996, y la Resolución de la SECRETARÍA DE HACIENDA Nº 238 del 8 de abril de 1996, y,

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 5º del Decreto Nº 340/96 se instituyó la figura de los “Creadores de Mercado”, con el objeto de que participen significativamente en la colocación primaria y la negociación secundaria de los Instrumentos de Endeudamiento Público (I.E.P.) que se emitan, al tiempo que facultó a la SECRETARIA DE HACIENDA a fijar los requisitos, derechos y obligaciones que los mismos deberán observar.

Que por la Resolución Nº 238/96 se fijaron entre otros los requisitos, derechos y obligaciones de los “Creadores de Mercado”.

Que por el artículo 1º de la Resolución citada, se definió a la figura de los “Creadores de Mercado”, correspondiendo a la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO fijar el número máximo admitido para la conformación de la nómina de entidades que obtengan tal condición.

Que por el artículo 3º de la misma Resolución, se estableció que el reconocimiento de la condición de “Creador de Mercado” será otorgado por el plazo de UN (1) año, contados a partir del 1º de abril de cada año.

Que, en virtud de lo establecido en los considerandos precedentes, corresponde a la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO, fijar el número máximo admitido para la integración de la nómina de “Creadores de Mercado” para el período que se inicia el 1º de abril de 1997.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 8º de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 238/96. 

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE FINANCIAMIENTO
DISPONE:

ARTICULO 1º.- La nómina de Creadores de Mercado para el período comprendido entre el 1º de abril de 1997 y el 31 de marzo de 1998, será conformada con un número máximo de DOCE (12) integrantes.

ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 

DISPOSICION Nº: 5/97 S.F.