RESOLUCIÓN Nº 562/94 de la Secretaría de Hacienda
BUENOS AIRES, 19 DIC 1994
VISTO la ley Nº 24.156 de fecha 30 de
septiembre de 1992 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y los Decretos Nº 2666 de fecha 29 de diciembre de
1992 y Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por los cuales se dictaron los Reglamentos
Parciales Nº 1 y Nº 3 de la citada ley y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2º de la Ley
Nº 24.156 establece que la Administración Financiera comprende el conjunto
de sistemas, órganos, normas y
procedimientos administrativos que hacen posible la obtención de los recursos
públicos y su aplicación para el cumplimiento de los objetivos del Estado.
Que el artículo 6º de la citada Ley señala que
el PODER EJECUTIVO NACIONAL establecerá el órgano responsable de la
coordinación los sistemas que integran la administración Financiera, el cual
dirigirá y supervisará la implementación y el mantenimiento de los mismos.
Que el Decreto Nº 2666/92, mediante el cual se
aprueba al Reglamento Parcial Nº 1 de la Ley Nº 24.156, establece en su
artículo 6º, inciso 1 ) que la Dirección y Coordinación de los Sistemas que
integran la Administración Financiera estarán a cargo de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que a fin de adecuar los formularios
utilizados para la ejecución Presupuestaria de la Administración Nacional al
nuevo diseño del SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION FINANCIERA (S.I.D.I.F.), se
hace necesario el remplazo de los instrumentos vigentes hasta el 31 de
diciembre de 1994, por otros que implican una simplificación de los mismos,
mediante la reducción los procedimientos de ejecución, registro y evaluación
del Presupuesto.
Que la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION en virtud del inciso f) del
artículo 91 de la ley 24.156, es el órgano competente para administrar el
Sistema de Información Financiera.
Que la presente medida se dicta en virtud de las
facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 2666/92.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTICULO
1º.- Apruébase el Formulario Informe da Recursos (Form. C 10) que se adjunta
como Anexo I y que forma parta de la presente Resolución.
ARTICULO
2º.- Apruébase el Manual de Ejecución Presupuestaria de Gastos para la
Administración Nacional que se adjunta como Anexo II y que forma parte de la
presente Resolución.
ARTICULO
3º.- Las jurisdicciones de la Administración Central, que realicen erogaciones
con otras Fuentes de Financiamiento diferentes a la 11 (TESORO NACIONAL), y los
Organismos Descentralizados deberán confeccionar para su registro y control
interno, la totalidad de los formularios de ejecución que correspondan según el
artículo anterior, remitiendo a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, conforme
esta determine, solamente un resumen diario que contenga los registros de todas
las etapas presupuestarias, usando a tales fines la planilla que se adjunta
como Anexo III, que forma parte de la presente Resolución hasta tanto se
determine la transmisión diaria de cada una de las transacciones.
ARTICULO
4º.- Inclúyese, en el alcance de las disposiciones de la presente Resolución, a
aquellas entidades que cuenten o dispongan de financiamiento externo, reciban o
no aportes del Tesoro Nacional.
ARTICULO
5º.- Las disposiciones de la presente Resolución serán de aplicación
obligatoria para todos los organismos de la Administración Nacional a partir
del 1º de enero de 1995.
ARTICULO
6º.- Facúltase a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, al dictado de las normas
complementarias a que hubiere lugar.
ARTICULO 7º.- Deróganse las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA
Nº 14 del 15 de enero de 1993, Nº 38 del 18 de febrero de 1993 y Nº 63 del 22
de marzo de 1993.
ARTICULO 8º.- Dejase sin efecto el ARTICULO 2º de la Disposición Nº 6
de fecha 17 de junio de 1993 de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO.
ARTICULO
9º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial
y archívese.
RESOLUCION Nº 562/94 S.H.
Nota: Los Anexos no publicados pueden ser consultados en la Contaduría General de la Nación de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.