Corresponde a la Secretaría de Finanzas, en el marco de las políticas generales establecidas por el Gobierno Nacional, la definición de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios del Estado Nacional a los efectos de cubrir las necesidades de financiamiento del Tesoro.
Asimismo tiene a su cargo la coordinación de las cuestiones relativas al desarrollo de los servicios financieros, en particular lo referido a: seguros, sistema integrado de jubilaciones y pensiones, mercado de valores y sistemas de liquidación de operaciones públicos y privados en función de las políticas de apertura externa y desregulación.
En dicho contexto asiste al Poder Ejecutivo Nacional en las relaciones con la Comisión Nacional de Valores, la Superintendencia de Seguros de la Nación y en los aspecto administrativos de las relaciones con el Banco Central de la República Argentina, el Banco de la Nación Argentina, el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. y el Banco Hipotecario S.A.
Finalmente coordina y ejecuta las políticas y acciones relativas al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado Nacional mantiene participaciones accionarias minoritarias.
En el ejercicio de tales competencias, que surgen del Decreto Nro. 1359/04, esta Secretaría es asistida por las Subsecretarías de Financiamiento y de Servicios Financieros, tal como se desprende del siguiente esquema organizativo que refleja la estructura de la Secretaría hasta su primer nivel operativo: