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DECRETO Nº 1359/2004
DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar la coordinación
de todo lo referente a los aspectos fiscales y financieros de la
relación entre la Nación y los Sectores Públicos
Provinciales y Municipales, a fin de asegurar la integración
y compatibilización con las Cuentas Públicas Nacionales.
Realizar el seguimiento y proyección de las Cuentas Públicas
locales, a través de la instrumentación de un Sistema
de Información de Gestión Financiera.
Coordinar el relevamiento del endeudamiento provincial y municipal,
y evaluar su impacto en las finanzas públicas.
ACCIONES
1.- Coordinar los aspectos fiscales y financieros de la relación
entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales
y Municipales y su compatibilización con las Cuentas Fiscales
Nacionales.
2.- Intervenir en la puesta en marcha del sistema de información
de Gestión Financiera Provincial y Municipal, compatible
con los sistemas de información financiera provinciales que
se diseñen en el marco de la Ley N° 24.156, de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional, a efectos de compilar, sistematizar y analizar la información
fiscal y financiera vinculada con los Sectores Públicos Provinciales
y Municipales.
3.- Efectuar la coordinación y compatibilización de
las políticas fiscales nacionales y provinciales elaborando
propuestas de Regímenes de Coparticipación de Impuestos
Nacionales, transferencias de la Administración Nacional,
reformas tributarias nacionales, refinanciación de pasivos
y seguimiento de las metas fiscales y financieras acordadas con
las Jurisdicciones Provinciales.
4.- Intervenir en el diseño y seguimiento de los acuerdos
celebrados y a celebrarse entre el ESTADO NACIONAL y los Gobiernos
Provinciales, en lo que respecta a los aspectos financieros y fiscales
que involucran a cada nivel de gobierno.
5.- Analizar e implementar los aspectos financieros de la transferencia
de los Sistemas Provinciales de Previsión Social al Sistema
Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) y realizar el estudio
de alternativas para su financiamiento.
6.- Intervenir en el diseño, elaboración y seguimiento
de los programas financiados por Organismos Multilaterales de Crédito
en relación a los aspectos fiscales y financieros de las
Provincias, a efectos de homogeneizar las políticas públicas
nacionales.
7.- Participar en Comisiones, Consejos y/u Organismos de carácter
federal con intervención del Gobierno Nacional, que traten
temas relativos a las relaciones fiscales y financieras entre el
ESTADO NACIONAL y los Estados Provinciales y Municipales.
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