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DECRETO Nº 1359/2004

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar la coordinación de todo lo referente a los aspectos fiscales y financieros de la relación entre la Nación y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales, a fin de asegurar la integración y compatibilización con las Cuentas Públicas Nacionales.
Realizar el seguimiento y proyección de las Cuentas Públicas locales, a través de la instrumentación de un Sistema de Información de Gestión Financiera.
Coordinar el relevamiento del endeudamiento provincial y municipal, y evaluar su impacto en las finanzas públicas.

ACCIONES

1.- Coordinar los aspectos fiscales y financieros de la relación entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y su compatibilización con las Cuentas Fiscales Nacionales.

2.- Intervenir en la puesta en marcha del sistema de información de Gestión Financiera Provincial y Municipal, compatible con los sistemas de información financiera provinciales que se diseñen en el marco de la Ley N° 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, a efectos de compilar, sistematizar y analizar la información fiscal y financiera vinculada con los Sectores Públicos Provinciales y Municipales.

3.- Efectuar la coordinación y compatibilización de las políticas fiscales nacionales y provinciales elaborando propuestas de Regímenes de Coparticipación de Impuestos Nacionales, transferencias de la Administración Nacional, reformas tributarias nacionales, refinanciación de pasivos y seguimiento de las metas fiscales y financieras acordadas con las Jurisdicciones Provinciales.

4.- Intervenir en el diseño y seguimiento de los acuerdos celebrados y a celebrarse entre el ESTADO NACIONAL y los Gobiernos Provinciales, en lo que respecta a los aspectos financieros y fiscales que involucran a cada nivel de gobierno.

5.- Analizar e implementar los aspectos financieros de la transferencia de los Sistemas Provinciales de Previsión Social al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) y realizar el estudio de alternativas para su financiamiento.

6.- Intervenir en el diseño, elaboración y seguimiento de los programas financiados por Organismos Multilaterales de Crédito en relación a los aspectos fiscales y financieros de las Provincias, a efectos de homogeneizar las políticas públicas nacionales.

7.- Participar en Comisiones, Consejos y/u Organismos de carácter federal con intervención del Gobierno Nacional, que traten temas relativos a las relaciones fiscales y financieras entre el ESTADO NACIONAL y los Estados Provinciales y Municipales.


 

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