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| ¿QUÉ TIPO DE RECLAMOS PUEDEN
PRESENTARSE ANTE UNA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR? |
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- Las oficinas de defensa del consumidor
reciben aquellos reclamos relacionados con diversos incumplimientos
en la oferta y contratación de bienes y servicios en el
mercado, de acuerdo a lo establecido en la
Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
- El consumidor también puede informarse
y presentar reclamos por infracciones a la
Ley N° 22.802 de Lealtad Comercial. En uno de sus aspectos
principales, dicha ley busca asegurar que el consumidor
disponga de información acerca de las condiciones en que
los bienes y servicios son ofrecidos antes de efectuar su
opción de compra, y que dicha información se corresponda
con lo realmente suministrado. Regula aspectos tales como
la publicidad engañosa, el contenido neto, el rotulado de
productos, las promociones y los concursos, las normas de
seguridad de productos, etc.). Para más detalle ver Lealtad
Comercial....
- Los reclamos por incumplimientos o violación
a la Ley
N° 25.065 de Tarjetas de Crédito, se reciben en dependencias
de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la
Defensa del Consumidor, autoridad nacional de aplicación
en lo referente a sus aspectos comerciales. Los aspectos
financieros son fiscalizados por el Banco Central de la
República Argentina.
- Reclamos por servicios públicos (luz,
gas, aguas, teléfonos, etc.): Es
competencia de los entes reguladores la medición de consumos,
el control de calidad y las tarifas reguladas. Para reclamos
ante los Entes Reguladores de Servicios Públicos haga
click aquí
Son competencia de la Subsecretaría de
Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor los siguientes
casos: aquellos en los que no hay legislación específica
que regule el caso planteado; los planes comerciales; los
cargos adicionales a la tarifa regulada; los servicios adicionales
no regulados (memobox, línea control, plan domingo libre,
etc.); la venta de equipos; la publicidad; el incumplimiento
de oferta.
> RECLAMOS
SOBRE LA LEY 24.240 DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR: aspectos principales.
> RECLAMOS
SOBRE LA LEY 25.065 DE TARJETA DE CREDITO: aspectos principales.
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