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OFICINAS DE DEFENSA DEL
CONSUMIDOR
Reclamos generales
Según el marco jurisdiccional vigente, para presentar
un reclamo usted debe dirigirse a la
oficina de defensa del consumidor que corresponda al lugar
donde se realizó la compra o la contratación (por ej:
Avellaneda, Ciudad de Buenos Aires, San Justo, ciudad de Córdoba).
Allí se encuentran disponibles oficinas de defensa del consumidor
para que efectúe su reclamo.
¿Cómo se presenta un reclamo?
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
1) Nota
con una breve descripción de los hechos que originan
la denuncia Puede ser redactada por usted mismo
y debe ser clara y concisa con respecto a los hechos
que se quieren denunciar. Debe contener en forma clara:
-
Datos
del consumidor: nombre, domicilio, DNI (es
conveniente dejar un teléfono para que el organismo
pueda comunicarse con la persona)
-
Datos
del proveedor: nombre de la empresa, domicilio.
2) Documentación
acerca del problema planteado. Toda la documentación
original relacionada con los hechos que se quieren denunciar
(facturas, remitos, presupuestos, notas, cartas, etc.)
y dos (2) juegos de copias de la misma para agregar
a las actuaciones.
Estos requisitos son indispensables
para poder presentar el reclamo
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¿Qué procedimiento se pone en marcha cuando
se presenta un reclamo ante defensa del consumidor?
El procedimiento previsto en la Ley de Defensa
del Consumidor contempla una instancia
conciliatoria tendiente a que las partes (consumidor
y proveedor) arriben a un acuerdo. Para tal fin se celebran
audiencias en las que participan las partes acompañadas de
un conciliador designado por el organismo. De producirse el
acuerdo se labra el acta correspondiente y se procede al archivo
de las actuaciones, quedando ambas partes obligadas al cumplimiento
del acuerdo.
De no resultar posible el acuerdo entre consumidor
y proveedor, el organismo continúa de oficio las actuaciones
con la finalidad de detectar las presuntas infracciones cometidas,
producir la prueba correspondiente en el expediente y sancionar
a la empresa en caso de que corresponda.
Reclamos Por Tarjetas de
Crédito
La Subsecretaría de Defensa
de la Competencia y Defensa del Consumidor es competente
para intervenir en relación a los aspectos
comerciales de los contratos de tarjetas de crédito
(su contenido, impugnación de cargos, contenido del resumen,
plazos, renovación, finalización del plazo contractual, etc.)
Los aspectos financieros
de los contratos son de competencia del Banco
Central de la República Argentina.
Los reclamos relacionados con tarjetas de crédito
pueden efectuarse ante la Subsecretaría de Defensa de la Competencia
y Defensa del Consumidor, autoridad de aplicación de la ley
25.065 de Tarjetas de Crédito. A dichos reclamos les corresponde
el mismo procedimiento que las oficinas de defensa del consumidor.
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Para efectuar
un reclamo por Tarjetas de Crédito dirigirse a:
Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa
del Consumidor, Av. Julio A. Roca 651, 4° piso sector
18, Capital Federal, de lunes a viernes de 9 a 17 has.
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RECUERDE
Para todos los casos...
- las denuncias deben efectuarse en forma personal,
por el titular o quien haya efectuado la compra o
adquisición del servicio.
- deben ser presentadas por escrito y acompañadas
de la documentación correspondiente.
- en todos los casos, son gratuitas.
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Reclamos por Servicios
Públicos Domiciliarios
Son competencia de esta Subsecretaría de Defensa
de la Competencia y Defensa del Consumidor (autoridad de aplicación
de la 24.240) los siguientes casos:
- aquellos en los que no hay legislación
específica que regule el caso planteado (art. 25, 3° párrafo,
ley 24.240);
- los planes comerciales;
- los cargos adicionales a la tarifa regulada
los servicios adicionales no regulados (memobox, línea control,
plan domingo libre, etc.);
- la venta de equipos; Ø la publicidad;
Ø el incumplimiento de oferta.
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Para reclamar
sobre estos aspectos de los servicios públicos, usted
debe dirigirse a
la Subsecretaría
de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor
Av. Julio A. Roca 651
4° piso sector 18
De lunes a viernes de
9 a 17 hs.
consultas@consumidor.gov.ar
0800-666-1518
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Los aspectos vinculados con :
- la medición de consumos
- el control de calidad
- las tarifas reguladas
deben reclamarse ante las
empresas prestadoras y los respectivos entes reguladores.
SISTEMA
NACIONAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO
Existe una alternativa
de resolución de conflictos de consumo. Los Tribunales
Arbitrales son un mecanismo extrajudicial de resolución de
conflictos sustentado en la voluntad de las partes de otorgar
a un Tribunal Arbitral la facultad resolutoria para que resuelva
su diferencia de manera definitiva. El Tribunal conforma una
instancia única, que en equidad resuelve los casos presentados.
Está conformado por un árbitro institucional de la Secretaría,
uno de las asociaciones de consumidores y otro del sector
empresario.
Dado el carácter voluntario para las partes,
en caso de no mediar aceptación (por parte del proveedor)
de someterse al arbitraje, los casos son remitidos para su
tramitación a las distintas oficinas de defensa del consumidor
pertenecientes a cada jurisdicción, según el lugar donde se
haya cometido el hecho denunciado.
¿Cómo se solicita un Arbitraje de Consumo
?
Si usted desea presentar un reclamo ante los
Tribunales Arbitrales de Consumo, debe completar y firmar
un formulario impreso que el mismo Tribunal le facilitará.
Allí deberá narrar sintéticamente los hechos que se quieren
denunciar y una propuesta para arribar a un acuerdo con el
proveedor. También se deberá acompañar la documentación referida
al tema denunciado.
¿Cómo funciona el Arbitraje de Consumo ?
Si la solicitud de arbitraje es aceptada por
el proveedor, tendrá lugar una audiencia de arbitraje, en
la que se invita a las partes a llegar a un acuerdo conciliatorio.
En caso de que el mismo no se logre, el Tribunal pasará a
resolver, notificando a las partes el laudo arbitral. La decisión
del Tribunal tiene carácter vinculante y fuerza ejecutoria.
En caso de incumplimiento, es ejecutable por la vía judicial.
Está previsto un procedimiento especial - más abreviado- para
los reclamos inferiores a los 500 pesos, en el cual actúa
un solo árbitro institucional.
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Para concurrir a los Tribunales Arbitrales
de Consumo dirigirse a :
Av. Julio A. Roca 651 (Capital Federal);
Planta baja sector 8,
de lunes a viernes de 9 :30 hs a 17 hs.
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