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LEGISLACION LEALTAD COMERCIAL


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LEY
TEMA
22.802/83
Texto actualizado
LEY DE LEALTAD COMERCIAL: establece requisitos de identificación de productos envasados y criterios para determinar su origen. Penaliza la identificación de productos así como la publicidad que induzcan a engaño. Faculta a la Autoridad de Aplicación a dictar normas sobre identificación de productos, requisitos de seguridad a cumplir por los mismos, tolerancias de contenidos netos declarados, determinar fraccionamiento de mercaderías, etc.
RESOLUCIONES
TEMA
SC N° 100/83 REGLAMENTA LA LEY 22.802
SC Nº 440/83 PAPEL HIGIÉNICO : Régimen aplicable de tolerancia al contenido del rollo en metros.
SC Nº 245/84 LEVADURAS: Indicación del contenido neto en el rótulo.
SC Nº 288/84 MUEBLES: Obliga a la identificación de los materiales que los componen, origen y calidad.
SC Nº 421/84 AGENCIA DE VIAJES: Obliga a publicitar el precio total y los servicios comprendidos.
SC Nº 422/84 CIGARRILLOS: Prohibe su publicidad por menores de edad y asociada a la práctica de deportes.
SC Nº 561/84 AGENCIAS DE VIAJES: Normas para la publicidad de servicios, modifica el artículo 3º de la Resolución Nº 421/84.
SC Nº 767/84 GARANTÍAS: Establece los puntos a especificar en los certificados.
SC Nº 1.135/84 CONTENIDOS NETOS DE MAYONESA, SALSAS Y ADEREZOS A BASE DE MAYONESA: Establece sus valores.
SCI Nº 356/85 ESPECIAS: Rotulado referido a contenido neto.
SCI Nº 194/86 CONTROL DE CONTENIDOS NETOS EXPRESADOS EN UNIDADES : Establece sistemas de muestreo y tolerancias.
SC Nº 103/87 COLCHONES Y ALMOHADASA DE POLIURETANO: Identificación con medidas y densidad.
SCI Nº 558/87 ROPA DE CUERO Y SIMIL CUERO: Identificación de los materiales y tratamientos así como métodos de limpieza.
SCI Nº 715/87 CONTENIDOS EFECTIVOS DE LOS PRODUCTOS ENVASADOS DE VENTA AL PESO RESPECTO DE LOS INDICADOS EN EL ROTULO: Tolerancias.
SCI Nº 731/87 APARATOS ELECTRODOMÉSTICOS CLASES I y II : Rotulado con indicaciones de seguridad.
SCI Nº 495/88 GARANTIAS DE BIENES MUEBLES DE USO DURABLE: Establece la condiciones a incluir.
SCI Nº 33/89 ESPECIAS: Contenidos netos en envases flexibles.
SSIC Nº 29/91 ACEITES COMESTIBLES DE OLIVA Y GENUINOS: Autoriza su comercialización en envases de cualquier capacidad.
SIC Nº 364/91 AGUAS LAVANDINAS: Establece requisitos de concentración y rotulado.
SIC Nº 130/92 CEMENTOS PORTLAND: Hace obligatorio el cumplimiento de norma IRAM y su certificación.
SIC Nº 240/92 CEMENTOS PORTLAND : Modifica Res.130/92, incorpora nuevos tipos de cemento.
SIC Nº 306/92 CONTENIDOS NETOS: Establece contenidos permitidos de productos envasados Ref. MERCOSUR Res. GMC Nº 18/92.
SIC Nº 408/92 ROTULADO CONTENIDO NETO ALIMENTOS: Establece dimensiones de la indicación Ref. MERCOSUR Res. GMC Nº 17/92.
MEYOYSP 1.399/92 Y MSYAS Nº 1.951/92 ROTULACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS ENVASADOS: Establece la obligatoriedad de la lista de ingredientes, nº de lote y fecha de duración mínima. Ref. MERCOSUR Res.GMC Nº 10/91
SCEI Nº 206/93 ALIMENTOS Y PRODUCTOS DE LIMPIEZA: Establece contenidos netos obligatorios. Ref. MERCOSUR Res. GMC Nº 58/92; 35/93 Y 60/93.
SCEI Nº 208/93 JUGUETES: establece las condiciones de seguridad a cumplir. Ref. MERCOSUR Res. GMC Nº 54/92
SCEI Nº 418/94 CUADERNOS: Reglamento a los que debe ajustarse su comercialización. Ref. MERCOSUR Res. GMC Nº 22/94.
SCEI Nº 419/94 PRODUCTOS ENVASADOS EN AEROSOL: Reglamento de los contenidos o medidas para su comercialización. Ref. MERCOSUR Res. GMC Nº 80/93 y 54/94.
SCEI Nº 40/95 OFERTAS CON REGALOS: Requisitos que deben cumplir las empresas cuando realizan ofertas de mercaderías que incluyen regalos. Ref. MERCOSUR Res. GMC Nº 94/94
SICYM 850/96 ROTULADO DE PRODUCTOS TEXTILES.
SICYM Nº 281/97 Rotulado de productos textiles. Establece la obligación de identificar fabricante o importador y su Nº de CUIT
SICYM Nº 800/97 PRODUCTOS PREMEDIDOS: Establece los criterios de toma de muestras y tolerancias para el control de productos premedidos rotulados en unidades de masa o volumen y en grandes cantidades nominales. Deroga la res. 156/83. Ref. MERCOSUR Res. GMC N° 91/94
SICYM Nº 89/98 PROMOCIONES Y CONCURSOS. Establece requisitos para su publicidad.
SICYM Nº 92/98 SEGURIDAD ELECTRICA. Establece certificación obligatoria de requisitos de seguridad para productos eléctricos.
SICYM Nº 149/98 COMBUSTIBLES. Exhibición de precios e información.
JABONES DE TOCADOR Y DE BARRA: Internalización de la Res. GMC N° 26/27 (MERCOSUR) que determina la forma de control de contenido neto que se aplicará para estos productos.
FICHAS Y TOMACORRIENTES: En base a la Res. 92/98 de Seguridad Eléctrica se realiza una tipificación de fichas y tomacorrientes asegurando la uniformidad de sus características geométricas y dimensionales.
PRODUCTOS COMERCIALIZADOS EN UNIDADES DE LONGITUD Y NUMERO: Internalización de las Res. GMC N° 27/97 (MERCOSUR) donde se fijan los criterios para la toma de muestras, de aceptación y rechazo y tolerancias para este tipo de productos.
PRODUCTOS DE USO DOMESTICO: Seguridad en la utilización de aquellos productos de uso doméstico que por su composición puedan resultar peligrosos obligando a utilizar envases con cierres que impidan la apertura accidental por parte de los niños.
PUBLICIDAD: Determinación de condiciones en la publicidad de bienes y servicios particulares de cada medio de difusión utilizado.
CONTENIDO NETO: Internalización de la Res. GMC N° 41/92 y 12/93 (MERCOSUR) donde se fija según la superficie de la cara principal de un producto, la altura mínima que deberán tener los números y letras que indiquen su contenido neto.
JUGUETES: Establece requisitos de Seguridad en la comercialización de juguetes acreditados mediante la certificación obligatoria.
PRODUCTOS PREMEDIDOS: Modifica la resolución N° 842/98, que estableció normas para los productos premedidos.
ENTIDADES CERTIFICADORAS Y LABORATORIOS: Establece procedimientos para reconocimiento de entidades certificadores y laboratorios en regímenes de certificación obligatoria.
EFECTO 2000: Establece la obligatoriedad de advertir su condición frente al efecto 2000 en etiquetas y publicidades de equipos y programas informáticos.
APARATOS ELECTRICOS: Establece el etiquetado obligatorio en materia de eficiencia energética para aparatos eléctricos.
ACERO PARA LA CONSTRUCCION: Pone en vigencia la certificación obligatoria de requisitos de seguridad.
ENTIDADES CERTIFICADORAS, LABORATORIOS Y ORGANISMOS DE INSPECCIÓN. Establece requisitos para su reconocimiento.
FAMILIAS DE PRODUCTOS: Modifica la Res. 851/98. Establece criterios para la formación de familias de productos y normas aplicables.
ROTULADO Y CERTIFICACIÓN EN CALZADO: deroga la Res. ex Secretaría de Comercio N° 212/82.
APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS EN 220 VOLTS: dispone su comercialización.
Modifica plazos de reconocimientos de la Res. SICyM N° 431/99.
PAPEL ENVASADO: Establece requisitos de rotulado y certificación.
ARTEFACTOS Y ACCESORIOS DE GAS: Establece requisitos de seguridad y su certificación.
REGÍMENES DE CERTIFICACIÓN POR MARCA DE CONFORMIDAD: Se determina el sello a aplicar.
EQUIPOS, MEDIOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL: Requisitos de Seguridad.
ASCENSORES: Requisitos de Seguridad.
PRODUCTOS ELÉCTRICOS: Exigencia de certificación y excepciones para productos eléctricos hasta el 31/12/2002.
ACEROS PARA LA CONSTRUCCION: Detalla los productos alcanzados por la Res. 404/99.
SICyM 925/99
Designación de Fernando CARRO y Ma. Del C. CREMONA como representantes ante la Comisión Nacional de Alimentos.
Suspención por ciento veinte (120) días de la aplicación del Art. 2° de la Res. 730/98.

SDCyC 87/2000

TOMACORRIENTES para la inserción de fichas de distintas geometrías: Se autoriza su comercialización hasta el 30/4/2001.

SDCyC 88/2000

SIMBOLO DE SEGURIDAD: Se posterga hasta el 1/8/2000 la obligación de exhibir el símbolo de seguridad aprobado por Res. 799/99.

SDCyC 95/2000

PRODUCTOS PREMEDIDOS: Aprobación Reglamento Técnico MERCOSUR sobre muestreo y tolerancias de dichos productos, comercializados en unidades de masa con contenido nominal desigual (internalización Res. GMC N°26).

SDCyC 96/2000

PRODUCTOS PREMEDIDOS: Aprobación Reglamento Técnico MERCOSUR sobre muestreo y tolerancias de productos premedidos comercializados en unidades de masa y volumen con contenido nominal igual, lotes de 5 a 49 unidades (internalización Res. GMC N°58).
Exclúyese de los alcances de la Res. 404/99 los productos : cables y guías para ascensores, encofrados no permanentes, andamios y defensas viales.
Sustitución del art. 9 de Res. ex-SCeI 434/94. Indicación de país de origen en publicidades
Prórroga de Res. ex-SICyM 319/99, 896/99, 897/99
Permite el reconocimiento de Laboratorios no acreditados, organismos de certificación para artefactos de gas y utilización de laboratorios de fábricas para marca de conformidad.
PAÍS DE ORIGEN: Permite identificarlo fuera de la cara principal de los envases para los productos nacionales.
PESO ESCURRIDO: Metodología para su determinación (internalización Res. GMC N° 17/00).
ARTEFACTOS DE GAS: Difiere hasta el 1/07/2001 su marca de conformidad.
TOALLAS HIGIENICAS: Libera el contenido de sus envases (internalización Res. GMC N° 19/00)
ETIQUETADO DE PRODUCTOS TEXTILES: Incorporación a nuestro ordenamiento jurídico nacional de la Res. GMC N° 9/2000 que establece el Reglamento Técnico MERCOSUR sobre dicho tema.
Enmienda de la Res. 287/2000
PRODUCTOS COSMETICOS: Aprobación Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el control de contenido neto de productos cosméticos y de tocador comercializados en cantidades de 5 a 20 gr. o ml (internalización Res. GMC N°50/2000).
TOMACORRIENTES para fichas de distintas geometrías: Prórroga su comercialización hasta el 30/06/2003.
ARTEFACTOS Y ENVASES DE COMBUSTIBLES GASEOSOS: Se difiere hasta el 01/04/2002 la obligatoriedad de certificación establecida por la Res. 676/2001.
PRODUCTOS PREMEDIDOS: Internalización de la Res. GMC 18/2001 de contenidos netos normalizados.
TOALLAS Y PAÑUELOS DE PAPEL: Internalización de la Res. GMC N° 02/2001 de indicación del contenido nominal.
Derógase la Res. Secretaría de Comercio y Negociaciones Económicas Internacionales N° 2113/1980.
Exclúyase de la exigencia de certificación establecida por Res. 924/99 a los siguientes productos : tubos de acero al carbono sin alear y aleado, sin costura, laminados u obtenidos en frío
CERTIFICACIONES DE TIPO: las efectuadas en cumplimiento de la Res 851/98, tendrán validez de UN (1) año a partir de su fecha de emisión.
EXHIBICION DE PRECIOS.
PLACAS CERÁMICAS: Internalización de la Res. 16/2001 - tolerancias y criterios de toma de muestras y aprobación de placas cerámicas.
S.C.D. y D.C. N° 8/2002 PESCADOS, MOLUSCOS Y CRUSTACEOS GLASEADOS: Internalización Res. GMC N° 18/2002, determinación de su PESO NETO.
S.C.D. y D.C. N° 9/2002 HARINA DE TRIGO: Internalización de la Res. GMC N° 18/2002, sobre verificación cuantitativa.
S.C.D. y D.C. N° 43/2002 PRODUCTOS PREMEDIDOS: Internalización de la Res. GMC N° 22/2002, indicación cuantitativa de su contenido neto.
S.C.D. y D.C. N° 44/2002 ROTULACION DE PRODUCTOS ENVASADOS: Internalización de la Res. GMC N° 21/2002.
S.C.D. y D.C. N° 48/2002 LABORATORIOS RECONOCIDOS: se extiende el plazo de acreditación para los laboratorios reconocidos que no han cumplido con el requisito de presentación anta la OAA.
S.C.D. y D.C. N° 50/2002 Sustituye el Art. 2 de la Res. 7/2002, para quienes ofrecen bienes y servicios desde, hacia o en el exterior y forman tarifas en moneda extranjera.
S.C.D. y D.C. N° 52/2002 COMERCIALIZACION POR IMPORTES MENORES.
S.C.D. y D.C. N° 55/2002 EXHIBICION DE PRECIOS EN LA MODALIDAD "AUTOSERVICIO": además de lo establecido en la Res. N° 7/2002, se deberá indicar en caracteres de igual realce el precio de venta por unidad de medida.
S.C.D. y D.C. N° 68/2002 Se mantiene hasta el 28/02/2003 la suspensión de la vigencia de la Res. 896/99, en la modalidad que detalla la presente Resolución.
S.C.D. y D.C. N° 76/2002 Renovación de la Resolución N° 906/99.

 

 

 

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