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¿Qué es el arbitraje de consumo?

Es un método de solución de conflictos derivado de relaciones de consumo definidas en la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, mediante el cual las partes se sustraen voluntariamente a la intervención de Árbitros del Sistema.

¿Qué es el Tribunal Arbitral de Consumo?


Es el órgano formado por un Árbitro (o tres, de acuerdo al monto a reclamar) que se denomina precisamente “arbitro o amigable componedor”. Este profesional resuelve según su “leal saber y entender y en equidad”, dándole a la ley el mayor margen en la búsqueda de solución a la controversia planteada. Esto no supone apartarse de la ley sino mantener las reglas del debido proceso legal.

Características

Voluntariedad
Tiene origen en la autonomía de la voluntad de las partes, quienes eligen el arbitraje para la solución de sus controversias.

Convencionalidad
La jurisdicción Arbitral nace de la voluntad de las partes (quienes convienen o acuerdan someterse a dicha jurisdicción limitada al caso planteado).

Obligatoriedad
Así como las partes se someten a la jurisdicción arbitral, el pronunciamiento dictado por las personas a quienes encomendó esta función es vinculante y obligatorio para las mismas.

Celeridad
El trámite común tiene un máximo de 120 días hábiles de duración, y no supone el planteo de multas.

Gratuidad
No es necesario el patrocinio letrado para iniciar el tramite, ni el pago de tasas ni impuestos.

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