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Los incentivos consistentes en exenciones tributarias
y diferimientos impositivos para inversionistas están establecidos
en Regímenes de Promoción destinados a:
Proyectos no industriales (Agropecuarios
y Turísticos).
Proyectos industriales.
Actualmente la concesión de nuevos beneficios
promocionales se encuentra suspendida, ya sea por que
no se preveen cupos fiscales en las leyes presupuestarias
- para el caso de los proyectos no indusrtiales - o bien por disposiciones
legales - para el caso de los industriales -.
Ahora bien, existen sujetos titulares de proyectos
promovidos que continúan utilizando dichos beneficios en
orden a que el período de utilización de los mismos
aún no se ha extinguido (derechos adquiridos).
El acto promocional es un contrato que prevé
derechos y obligaciones a cumplir por parte del titular del proyecto
durante el período de utilización de beneficios (mano
de obra, producción, personal, etc.), las que son controladas
por los organismos técnicos correspondientes.
Las tareas que se realizan cuando
el Ministerio de
Economía o esta Subsecretaría
revisten el caracter de Autoridad de Aplicación son las siguientes:
Asesorar sobre los aspectos técnico-legales relativos a la normativa
promocional.
Efectuar el relevamiento y posterior evaluación de datos de regímenes
de promoción económica que contengan cualquier especie de incentivo.
Efectuar el relevamiento, procesamiento y análisis de datos provenientes
de organismos que tengan participación en el control de proyectos
promovidos.
Asesorar sobre las propuestas de aplicación de sanciones por infracciones
a regímenes de promoción económica e intervenir en la tramitación
de denuncias que realicen organismos o dependientes de orden público,
o particulares.
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