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Legislación La experiencia internacional en materia de protección de los derechos del Consumidor es demostrativa del uso creciente de modalidades simplificadas de interposición y resolución de demandas y reclamos, que actúan por medio de procedimientos extrajudiciales de arbitraje y conciliación. Instancias de esta naturaleza se encuentran vigentes entre otros, en países como Dinamarca, Holanda, España, Reino Unido, Irlanda, Portugal, India y México. En la Argentina, la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor estableció en la Autoridad de Aplicación - la Secretaría de Industria, Comercio y Minería- el cometido de la organización de Tribunales Arbitrales. Los mismos actúan como amigables componedores o árbitros de derecho en la resolución de las controversias que se susciten entre los consumidores y los proveedores de bienes y servicios. De esta forma se brinda una instancia de solución cuando se presuman situaciones de violación de los derechos del consumidor o eventuales infracciones a la citada Ley. En cumplimiento de tal mandato, como Autoridad de Aplicación, la Ex-Secretaría de Industria, Comercio y Minería (actual Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor) creó el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo, la que se formalizó a través del Decreto Nº 276/98, firmado el 11 de marzo de 1998. Principales características del Sistema
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| Subsecretaría de Defensa del Consumidor | |||||||||||||||||